viernes, 9 de abril de 2010

Presumible ilegalidad e inconstitucionalidad del RENAUT

El procedimiento de registro de celulares es visiblemente ilegal, ya que de acuerdo al decreto publicado, debe estar a cargo de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y no de la Secretaría de Gobernación, lo cual parece más una medida propia de un régimen fascista que uno que procura la seguridad de sus ciudadanos. Nadie está obligado a cumplir una disposición ilegal. Además, el decreto en sí mismo es presumiblemente inconstitucional, pues viola el principio que establece el artículo 20, Apartado B, Fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues este decreto en su exposición de motivos presume que es necesario el registro de celulares para el rastreo de delincuentes, lo cual viola el principio de presunción de inocencia, ya que no podemos ser declarados delincuentes, hasta que se pruebe lo contrario, mediante un proceso judicial con todas las garantías de Ley.
Desde el punto de vista de su servidor, el juicio de amparo que promoverá Telefónica con sus usuarios es procedente.
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Atte, Juan José Mena Carrizales.
Estudiante de la Fac. de Derecho, UNAM.

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