domingo, 21 de febrero de 2010
Análisis del Contrato Civil
Artículo 1794. Para la existencia del contrato se requiere:
I. Consentimiento;
II. Objeto que pueda ser materia del contrato.
En el artículo 1796, sea afirma que el contrato se perfecciona por la consentimiento:
Artículo 1796. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquellos que deben revestir una forma establecida por la Ley. Desde que se perfeccionan obligan a los
contratantes no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza son conforme a la buena fe, al uso o a la ley, con
excepción de aquellos contratos que se encuentren en el supuesto señalado en el párrafo siguiente. [...]
Por su parte el artícul 1807, establece que para la formación del consentimiento, es necesaria ligar la aceptación a la oferta:
Artículo 1807. El contrato se forma en el momento en que el proponente reciba la aceptación, estando ligado por su oferta, según los artículos precedentes.
martes, 2 de febrero de 2010
Secretaría de Gobernación. Boletín Jurídico en Línea No. 106
De: Boletín Orden Jurídico Nacional
Fecha: 2 de febrero de 2010 17:34
Asunto: Secretaría de Gobernación. Boletín Jurídico en Línea No. 106
Para:
Información jurídica quincenal VI Época, Núm. 106, enero 31 de 2010 | ||
www.gobernacion.gob.mx | www.ordenjuridico.gob.mx | |
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL | ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL | ||
Publicado el 20 de enero de 2010 | Publicado el 21 de enero de 2010 | ||
El Consejo General del Instituto Federal Electoral aprueba que el uso de las credenciales para votar que tengan como último recuadro el "03" en el marcaje del año de la elección federal, en los procesos electorales locales a celebrarse durante 2009 y 2010, sea sometido a la consideración del órgano electoral local que corresponda, en el marco de la firma del convenio de apoyo y colaboración respectivo. | El Reglamento es de orden público y tiene por objeto regular la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas que realice el Instituto, así como su debida planeación, programación, presupuestación, contratación, gasto y control, al que se sujetarán los Órganos Centrales y Delegacionales. | ||
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL | ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS POR LOS CUALES LA SECRETARÍA DE ENERGÍA SUPERVISARÁ EL CUMPLIMIENTO, IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA NORMATIVIDAD DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y SUS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, EN RELACIÓN CON LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL | ||
Publicado el 21 de enero de 2010 | Publicado el 26 de enero de 2010 | ||
El Reglamento tiene por objeto, establecer las políticas y procedimientos a que deberá de sujetarse el Instituto Federal electoral, en materia de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 134 Constitucional y de conformidad con lo establecido por el artículo primero, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. | Los lineamientos tienen por objeto establecer los términos mediante los cuales la Secretaría de Energía supervisará el cumplimiento, implementación y ejecución de la Normatividad de Pemex en materia de Condiciones de Seguridad Industrial, en relación con el conjunto de actividades de exploración y explotación de hidrocarburos que le corresponden. | ||
LEY DEL INSTITUTO DE | REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA | ||
Publicada el 26 de enero de 2010 | Publicado el 22 de enero de 2010 | ||
La Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto crear el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal el cual podrá practicar visitas de verificación administrativa en materias de preservación del medio ambiente y protección ecológica, anuncios, mobiliario urbano, desarrollo urbano y uso del suelo, cementerios y servicios funerarios, turismo y servicios de alojamiento, y las demás que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias respectivas, así como ordenar y ejecutar las medidas de seguridad e imponer las sanciones previstas en las leyes, y resolver los recursos administrativos que se promuevan. | El Reglamento es de orden público y de interés general, obligatorio para las dependencias y entidades que conforman la administración pública municipal, y tiene por objeto proveer la exacta aplicación de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, mediante el establecimiento e implementación de normas que fomenten la competitividad y la mejora regulatoria en los diversos trámites y procedimientos administrativos; así como la adopción de mejores prácticas en las políticas públicas del Municipio de León, Guanajuato. | ||
Biblioteca Jurídica Virtual | Campaña Nacional: | Campaña Nacional: Testamento a bajo costo |
Encontrarás exposiciones, | La SEGOB se complace en invitarlo a la ceremonia de presentación y celebración del Sorteo Superior 2225 de la Lotería Nacional. | Campaña permanente. Dirigida a personas de |
Inscribe otra dirección haz clik aquí | ||
envía este boletín a un amigo | ||
Si deseas dejar de recibir este boletín. Haz click aquí |